25 octubre 2012

PUBLICAN NUEVO PRECEDENTE REGISTRAL

Criterio jurisprudencial administrativo debe acatarse en forma obligatoria
Un nuevo requisito para la resolución o mutuo disenso de los contratos existe a partir de la publicación de un reciente precedente de observancia obligatoria aprobado por el Tribunal Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) en la sesión extraordinaria de su nonagésimo sexto pleno, realizada el pasado 24 de setiembre.


A criterio de este colegiado, un presupuesto para la resolución o el mutuo disenso de un contrato –entendido como el acuerdo de los contratantes para dejar sin efecto el contrato que los vincula– es que sus prestaciones no se hayan ejecutado completamente o sean de ejecución continuada.

Si está plenamente ejecutado, dicho acuerdo puede calificarse de nuevo si reúne los elementos para ello. 
La presidenta del Tribunal Registral, Gloria Salvatierra Valdivia, dispuso la publicación del precedente por Resolución N° 328-2012-SUNARP/PT
 
FUENTE: DIARIO OFICIAL EL PERUANO

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